Ponemos a su conocimiento la Ley Orgánica de Competitividad Energética - LOCE que fue aprobada por la Asamblea Nacional y publicada en el Segundo Suplemento del Registro Oficial No. 475 del 11 de enero del 2024, la cual promueve soluciones económicas y de generación de energía a fin de superar la crisis energética, optimizando el manejo de los recursos públicos asociados al sector eléctrico en el ámbito público y privado.
También incorpora reformas de varios cuerpos legales, entre ellos: Ley Orgánica de Servicio Público de Energía Eléctrica, Ley Orgánica de Eficiencia Energética, Ley de Régimen Tributario Interno, Ley Orgánica de Eficiencia Económica y Generación de Empleo y la Ley Reformatoria para la Equidad Tributaria en el Ecuador.
ASPECTOS TRIBUTARIOS:
Esta Ley contempla a más de otros temas, algunos beneficios tributarios que se detallan a continuación:
Deducción de gastos en obras de infraestructura eléctrica
Se podrá deducir para el cálculo de la base imponible del impuesto a la renta, los gastos incurridos en obras para la construcción de nuevas redes e infraestructura de distribución para abastecer la demanda de energía eléctrica a los clientes comerciales y/o industriales que se encuentren aislados de la red de distribución de energía eléctrica.
Ampliación de la deducción adicional de depreciación en adquisición de maquinarias, equipos y tecnologías
Será deducible el 100% adicional de la depreciación y amortización de la adquisición de maquinarias, equipos y tecnologías destinadas a la implementación de sistemas de generación distribuida para autoabastecimiento a base de energías renovables no convencionales.
Ampliación del supuesto de IVA 0% para los equipos y accesorios para la generación solar
Se amplía el ítem de “paneles solares” como bienes gravados con IVA 0%, de tal forma que incluya a “accesorios para la generación solar fotovoltaica y plantas para el tratamiento de aguas residuales”.
Nuevos rubros considerados como gastos personales
Se incorporan nuevas categorías de “gastos personales” a efectos de la rebaja:
Sueldos a trabajadores afiliados al IESS;
Gastos médicos de mascotas
Condonación de intereses y capital del saldo de obligaciones tributarias
Se condonará el 100% de intereses derivados del saldo de las obligaciones tributarias pendientes de pago por concepto de servicio público de energía eléctrica y el servicio de alumbrado público general. Para el efecto, deberán cancelar la totalidad del capital hasta el 30 de junio de 2024.
Se condonará el 100% del capital y accesorios de las obligaciones pendientes de pago por concepto de servicio público de energía eléctrica y el servicio de alumbrado público, generados en el estado de emergencia a causa del terremoto del año 2016.
Para mayor información descárguese la Ley Orgánica de Competitividad Energética - LOCE del siguiente enlace:
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